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Inicio ▸ Información legal ▸ Declaración sobre esclavitud moderna
Información legal

Esclavitud moderna y trabajo forzoso.

El enfoque de Baixian Trade para prevenir la esclavitud moderna y el trabajo forzoso en nuestra actividad y en nuestra cadena de suministro: dónde vemos los riesgos, qué esperamos de aquellos con quienes trabajamos y las normas que tomamos como referencia.

En esta página
  • Nuestro compromiso
  • Nuestra actividad y cadena de suministro
  • Dónde se sitúan los riesgos
  • Nuestras políticas y principios
  • Diligencia debida y expectativas respecto de los proveedores
  • Normas que tomamos como referencia
  • Perspectivas de futuro
  • Supervisión y consultas
La presente página es una traducción al español que se facilita para comodidad de los lectores. En caso de discrepancia entre la versión en español y la versión en inglés, prevalecerá la versión en inglés.
This page is a Spanish translation provided for readers' convenience. In the event of any inconsistency between the Spanish and English versions, the English version prevails.

§ 1Nuestro compromiso

La esclavitud moderna y el trabajo forzoso no tienen cabida en nuestra actividad ni en las cadenas de suministro de las que formamos parte. Baixian Trade se compromete a desarrollar su actividad comercial respetando a las personas de cuyo trabajo depende: en el mar, en la transformación y a lo largo de la cadena que lleva los productos del mar hasta el mercado.

Esta es una declaración voluntaria. No se formula en virtud de ninguna ley concreta, sino que expone nuestro enfoque en consonancia con el espíritu de los marcos relativos a la esclavitud moderna y al trabajo forzoso que configuran cada vez más el comercio responsable, y está dirigida a las contrapartes, las autoridades reguladoras y demás personas que deseen entender cómo abordamos estos riesgos.

§ 2Nuestra actividad y cadena de suministro

Baixian Trade es la división comercial de Baixian Group, un grupo de sociedades vinculadas que opera desde Kaohsiung (Taiwán), con operaciones de transformación y logística a ambos lados del estrecho de Taiwán. Nos aprovisionamos de productos del mar de pesca extractiva en varios de los principales caladeros del mundo, los transformamos en instalaciones propias y de empresas asociadas, y los suministramos a clientes de Asia, Europa, América y otras regiones.

Por tanto, nuestra cadena de suministro abarca desde los buques pesqueros y las tripulaciones que trabajan en ellos, pasando por puertos, plantas de transformación y proveedores de almacenamiento frigorífico y logística, hasta los clientes a los que servimos. Las personas que intervienen en cada una de estas etapas son el eje de esta declaración.

§ 3Dónde se sitúan los riesgos

No abordamos esta cuestión como si nuestro sector fuera de bajo riesgo. El sector mundial de los productos del mar presenta una exposición reconocida y elevada a los riesgos de trabajo forzoso y de explotación laboral en comparación con muchos otros sectores, en particular en la pesca de gran altura, donde las tripulaciones pueden pasar largos periodos en el mar, y en las fases de transformación que requieren mucha mano de obra. Entre los factores de riesgo documentados en el sector figuran el aislamiento de los buques en el mar, el recurso a intermediarios de contratación y a comisiones de contratación, la retención de documentos de identidad o de viaje, la servidumbre por deudas y la vulnerabilidad de los trabajadores migrantes.

Consideramos que es más honesto, y más útil, nombrar estos riesgos con claridad que dar a entender que no nos afectan. Reconocer dónde es mayor la exposición es el punto de partida para gestionarla.

§ 4Nuestras políticas y principios

Lo que esperamos, de nosotros mismos y de aquellos con quienes trabajamos, es que el trabajo se elija libremente, se remunere de forma justa y esté libre de coacción. En la práctica, esto significa que:

  • el empleo y cualquier otra forma de contratación deben ser voluntarios, sin trabajo forzoso, en régimen de servidumbre ni involuntario;
  • los trabajadores deben poder dejar libremente su empleo y conservar el control de sus propios documentos de identidad y de viaje;
  • la contratación no debe trasladar al trabajador el coste de obtener el empleo mediante comisiones o deducciones; y
  • no debe recurrirse al trabajo infantil en ninguna fase.

Estos principios orientan nuestra relación con los proveedores y el modo en que esperamos que se gestionen nuestras propias operaciones. Mantenemos en revisión la forma en que los formulamos y aplicamos a medida que evolucionan las expectativas del sector.

§ 5Diligencia debida y expectativas respecto de los proveedores

Nuestro enfoque de los riesgos que afectan a las personas en nuestra cadena de suministro, al igual que el del aprovisionamiento legal, tiene en cuenta el nivel de riesgo: prestamos la máxima atención a los eslabones de la cadena en los que la exposición es mayor. Esperamos que los buques, las empresas transformadoras y demás proveedores con los que trabajamos compartan los principios expuestos, actúen dentro del marco de la legislación laboral que les sea aplicable y estén dispuestos a tratar con nosotros sus prácticas laborales.

Si tuviéramos motivos de preocupación por las prácticas laborales de una contraparte, lo previsible sería que planteáramos la cuestión, tratáramos de comprenderla y —si no pudiera resolverse de manera coherente con los principios anteriores— no siguiéramos adelante. Asimismo, trabajamos para sensibilizar sobre estos riesgos a las personas de nuestra propia organización que gestionan el aprovisionamiento y las relaciones con los proveedores.

§ 6Normas que tomamos como referencia

Para definir nuestro enfoque, tomamos como referencia los instrumentos reconocidos internacionalmente en este ámbito:

  • los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo sobre el trabajo forzoso y el trabajo infantil, así como su Convenio sobre el trabajo en la pesca (núm. 188), que aborda las condiciones de trabajo a bordo de los buques pesqueros; y
  • los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, el marco que establece cómo deben las empresas detectar y abordar sus impactos sobre los derechos humanos.

Consideramos estos instrumentos puntos de referencia para nuestra propia práctica, y no sistemas con respecto a los cuales nos presentemos como certificados.

§ 7Perspectivas de futuro

El panorama jurídico y comercial en torno al trabajo forzoso en las cadenas de suministro evoluciona con rapidez; entre otras novedades, y en lo que respecta a los mercados que abastecemos, figura el Reglamento sobre trabajo forzoso de la Unión Europea (Reglamento (UE) 2024/3015), que, a partir del 14 de diciembre de 2027, prohibirá en su mercado los productos realizados con trabajo forzoso. Seguimos estas novedades y prevemos que nuestra propia práctica, y la forma en que la describimos en declaraciones como esta, sigan evolucionando a la par.

§ 8Supervisión y consultas

La responsabilidad de nuestro enfoque en estas cuestiones recae en las áreas comercial y de operaciones de Baixian Trade, y mantenemos en revisión esta declaración, y la práctica que la sustenta, a medida que evolucionan nuestras operaciones y el marco general.

Las contrapartes y demás interesados que tengan alguna pregunta sobre esta declaración, o que deseen tratar nuestro enfoque con más detalle, pueden ponerse en contacto con nosotros a través de nuestra página de contacto.

Baixian Trade · Global Trade Business Group · 國際貿易事業群

Baixian Trade es la división de comercio global de Baixian Group, empresa de productos del mar de la Gran China integrada verticalmente y en actividad desde 1965.

高雄市前鎮區林森四路 212 號 Qianzhen Dist., Linsen 4th Rd., No. 212
Kaohsiung City 80661 · Taiwan
Tel +886 7 536 8337 · +886 7 536 2560
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